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Los operadores de servicios esenciales deberán elaborar Planes de Seguridad integral para su organización y para cada una de sus infraestructuras críticas

Lunes, Enero 9th, 2012

Madrid, 21 de diciembre de 2011. Aquellas organizaciones, públicas o privadas, gestoras y/o propietarias, cuyas instalaciones o sistemas sean catalogados como críticos por el Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas del Ministerio del Interior, CNPIC, deberán elaborar un Plan de Seguridad del Operador (PSO) y unos Planes de Protección Específicos (PPE) para cada una de sus infraestructuras críticas. Dichos planes deberán contar con unos contenidos mínimos los cuales fueron publicados el pasado 23 de noviembre en el Boletín Oficial del Estado mediante la Resolución de 15 de noviembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Seguridad, del Ministerio del Interior, conforme a lo establecido en el Art 22.4 y 25.5 del Real Decreto 704/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de protección de las infraestructuras críticas que da desarrollo reglamentario la Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas.

Ante los numerosos riesgos y amenazas procedentes de muy diversos frentes, se hace necesario, tal y como recoge la Introducción de la citada Resolución, el diseño de una política de seguridad homogénea e integral por parte de todas las organizaciones con infraestructuras críticas, en la cual se definan todas las medidas de seguridad que se van a implantar para la protección de las mismas (contra ataques deliberados, sean físicos o a través de Internet) con el objetivo de impedir su destrucción, interrupción o perturbación, con el consiguiente perjuicio de la prestación de los servicios esenciales a la población; es decir, aquellos servicios necesarios para el mantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos, o el eficaz funcionamiento de las Instituciones del Estado y las Administraciones Públicas.

De este modo, en el PSO que desarrolle cada uno de los operadores críticos deberá definir la política general de su organización para garantizar la seguridad integral del conjunto de instalaciones o sistemas de su propiedad o gestión. Este documento, como instrumento de planificación y mejora continua, contendrá además una relación de los servicios esenciales prestados, una metodología de análisis de riesgos (con identificación de las amenazas físicas y lógicas, considerando de forma especial aquellas de origen terrorista o intencionado) y unos criterios de aplicación de dichas medidas.

En cuanto a los PPE que deberán elaborar los operadores, para cada una de las Infraestructuras Críticas de las que sean propietarios o gestores, tendrán que recoger las medidas concretas para garantizar la seguridad integral física y lógica) de dichas infraestructuras.

Plazos de presentación

Una vez que los operadores sean designados como operadores críticos tras un previo proceso de identificación y valoración de sus infraestructuras de la mano del CNPIC, el operador crítico en el plazo de seis meses a partir de la notificación de la resolución de su designación, deberá haber elaborado un Plan de Seguridad del Operador. Posteriormente, y de forma secuencial, en el plazo de cuatro meses a partir de la aprobación de su PSO, el operador crítico deberá haber elaborado un Plan de Protección Específico por cada una de sus infraestructuras críticas.

El Grupo de Trabajo Informal sobre Protección de Infraestructuras Críticas, GIPIC, ha apoyado al CNPIC en la elaboración de estos documentos, y además, está trabajando en la elaboración de una serie de guías de “buenas prácticas” que faciliten a cada operador el diseño de estos planes de seguridad.

Sobre GIPIC

El GIPIC, además de colaborar en la elaboración de los contenidos mínimos del PSO y del PPE, está trabajando en la elaboración de una serie de guías de “buenas prácticas” que faciliten a cada operador el diseño de estos planes de seguridad.
El GIPIC fue creado en octubre de 2010 para el desarrollo y elaboración de unas Guías de Contenidos Mínimos y Guías de Buenas Prácticas sobre el Plan de Seguridad del Operador y del Plan de Protección Específico, para servir de orientación y ayuda a aquellos operadores que sean designados como críticos en la elaboración de los citados planes. El objetivo fundamental de los trabajos del GIPIC, patrocinado e impulsado por el CNPIC, de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, es la promoción de una cultura de seguridad en la que los sectores público y privado puedan comenzar a trabajar sobre unos parámetros homogéneos y claramente definidos en materia de protección de sus respectivos activos.

Colaboran en el GIPIC, además del CNPIC, como organismo responsable y director de los trabajos, otros organismos públicos y privados españoles (por orden alfabético): la Agrupación Empresarial Innovadora (AEI-SRSI) para la Seguridad
de las Redes y los Sistemas de la Información, el Centro Criptológico Nacional (CCN), Cuevavaliente Ingenieros, Indra, Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España (ISDEFE), Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO), PwC, S21sec y TB-Security.

Como su nombre indica, el GIPIC es un grupo informal, sin estatutos de constitución ni de funcionamiento interno, materializando así uno de los objetivos que el CNPIC se trazó desde su constitución: la formalización de asociaciones público-privadas basadas en la confianza mutua y en el afán por conseguir un interés común.

Fuente: ISDEFE.

Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones

Jueves, Septiembre 1st, 2011

En el BOE de hoy (01/09/2011) se publica la Resolución de 2 de agosto de 2011, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de julio de 2011, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones.

En el plan se consideran todas aquellas inundaciones que representen un riesgo para la población y sus bienes, produzcan daños en infraestructuras básicas o interrumpan servicios esenciales para la comunidad, ya sen debidas a precipitación «in situ», escorrentía, avenida o desbordamiento de cauces, o rotura u operación incorrecta de obras de infraestructura hidráulica.

El plan indica que en el caso de inundaciones generadas por procesos tormentosos fuertes o muy fuertes, las informaciones en tiempo real de la Agencia Estatal de Meteorología basadas en los sistemas de observación como satélites, radares, estaciones automáticas y detectores de rayos, deberán tener especial protagonismo.

Planes de Actuación

La Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante Riesgo de Inundaciones indica en su apartado 3.3.3.6. que en el
Plan Estatal quedarán estructurados una serie de Planes de Actuación para su aplicación en emergencias de interés nacional o en apoyo a los planes de Comunidades Autónomas. Entre estos planes tendrá que elaborarse el plan de rehabilitación de emergencia de las telecomunicaciones, que tiene por finalidad, por un lado, restablecer los sistemas y redes de telecomunicaciones que hayan sufrido daños y se haya mermado en su operatividad y, por otro, dar un refuerzo extraordinario cuando las infraestructuras y medios existentes hayan quedado insuficientes.
Para este plan se fijan como organismos participantes: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (Coordinador), Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa, Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis y Ministerio de Fomento.

Telecomunicaciones y Sistemas de Información

En el Anexo IV del Plan Estatal se especifican los recursos de telecomunicaciones y sistemas de información adscritos al mismo:

1. Telecomunicaciones para la dirección y coordinación de las operaciones de emergencia.

En este apartado se hace referencia a la arquitectura de las telecomunicaciones en emergencias de interés nacional. En el caso de una emergencia declarada de interés nacional en la que no se puedan emplear los medios sobre infraestructura fija
por haber sido dañados o inutilizados, los nodos a emplear serán los que actualmente dispone la UME y los medios de telecomunicaciones desplegables, tanto de la Administración General del Estado como de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y otros organismos y empresas relacionados con la gestión de emergencias.

2. Telecomunicaciones para la gestión del comité estatal de coordinación (CECO).

El Comité Estatal de Coordinación, a través de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, debe estar relacionado permanentemente, mientras dura la situación de emergencia, además de con la Dirección Operativa, con los Centros de Coordinación Operativa Integrados constituidos en Comunidades Autónomas no afectadas. Tales comunicaciones, aunque no con los problemas derivados de la posible destrucción de instalaciones fijas, pueden verse dificultadas por sobrecargas de uso que es preciso prever y solventar mediante la utilización de un sistema de telecomunicaciones específico. Con tal finalidad se dispone del Sistema integral de comunicaciones de emergencia vía satélite de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias (RECOSAT).

3. Red Radio de Emergencia.

La Red Radio de Emergencia (REMER) es un sistema de comunicaciones complementario de las otras redes disponibles. Está constituida mediante una organización estructurada en el ámbito territorial del Estado e integrada por los radioaficionados que prestan su colaboración a los servicios de protección Civil de la Administración General del Estado al ser requeridos para ello, cuando circunstancias excepcionales lo justifiquen y una vez seguidos los protocolos de activación establecidos por la misma.

4. Red Nacional de Emergencias (RENEM).

La Red Nacional de Emergencias (RENEM) es un Sistema de Sistemas de Información y Telecomunicaciones que integra sistemas de información y telecomunicaciones pertenecientes a organizaciones nacionales de la Administración General del Estado (AGE), las Comunidades Autónomas (CCAA) y corporaciones privadas a cargo de infraestructuras críticas del Estado. La RENEM tiene como misión asegurar el intercambio de información relevante para la gestión y coordinación de las emergencias de cualquier tipo, incluyendo las inundaciones, en España.

Aprobado el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones

Viernes, Agosto 5th, 2011

El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado 29 de Julio de 2011 el Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones, con lo que se completa la planificación prevista en la legislación de protección civil ante este tipo de riesgos.

Las inundaciones han sido y son el riesgo natural con mayor impacto económico y social en España, y afectan prácticamente a toda la geografía española, aunque el territorio más castigado se centra en las costas mediterránea y cantábrica, y en los espacios fluviales de los grandes ríos peninsulares.

En la actualidad, la mayoría de las Comunidades Autónomas cuentan con su Plan de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones, por lo que se hacía imprescindible completar el ciclo competencial y organizativo marcado en la norma básica, e integrar los planes de Comunidades Autónomas en un marco que facilite la coordinación entre las distintas Administraciones públicas en caso de una emergencia de esta naturaleza de interés nacional

Organización y procedimientos de actuación

Por ello, el objetivo del Plan Estatal es establecer la organización y los procedimientos de actuación de aquellos servicios del Estado que sean necesarios para asegurar una respuesta eficaz ante las diferentes situaciones que puedan afectar a cualquier parte del territorio nacional. Sus funciones básicas son las siguientes:

a) Establecer la estructura de organización que permita la dirección y coordinación del conjunto de las Administraciones públicas en emergencias por inundaciones declaradas de interés nacional, así como prever los procedimientos de movilización de recursos y servicios necesarios para cubrir de manera eficaz las necesidades creadas.

b) Establecer los mecanismos de apoyo a los planes de las Comunidades Autónomas en el supuesto de que éstas así lo requieran, al igual que el sistema y los procedimientos de información sobre inundaciones, que se utilizarán con fines de protección civil.

c) Establecer una base de datos de carácter nacional sobre inundaciones y prever los mecanismos de solicitud y recepción, en su caso, de ayuda internacional.

Siete capítulos

El Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones se estructura en siete Capítulos y cinco Anexos:

En el Primer Capítulo (Objetivo y ámbito) se definen las funciones básicas y el fundamento jurídico, así como el ámbito territorial de aplicación y los órganos administrativos a los que concierne el Plan.

En el Segundo Capítulo (Identificación del riesgo de inundaciones en España) se enmarcan, dentro de la normativa nacional y europea, los trabajos que se están desarrollando para conocer en profundidad el riesgo de inundaciones en nuestro país.

El Tercer Capítulo (Sistema de información y seguimiento hidrometeorológico) establece los protocolos necesarios para definir los sistemas de información y alerta dentro del sistema nacional de protección civil.

En el Cuarto Capítulo se definen las fases y situaciones en las que se subdivide el proceso para poder atender con economía de medios los diferentes escenarios que puedan producirse.

En el Quinto Capítulo (Organización) se establecen los diferentes órganos de dirección y coordinación, en cuanto a su composición, funcionamiento y funciones, que darán la oportuna respuesta a la emergencia.

El Capítulo Sexto (Operatividad) fija las diferentes formas de actuación de los órganos competentes ante las diversas situaciones descritas para conseguir minimizar los efectos con la máxima eficiencia.

En el Capítulo Séptimo (Mantenimiento e implantación del plan) se describen las tareas necesarias para conseguir que el Plan se actualice de la forma más eficaz posible.

Finalmente, por lo que se refiere al contenido de los Anexos:

  • Anexo I: proporciona los criterios para la elaboración de los protocolos de alerta hidrológica.
  • Anexo II: establece los necesarios Planes de Coordinación y Apoyo.
  • Anexo III: describe la Base Nacional de Datos sobre Inundaciones Históricas.
  • Anexo IV: establece los requisitos y arquitectura de las telecomunicaciones en emergencias de interés nacional.
  • Anexo V: incluye un glosario de abreviaturas.

El Plan ha sido elaborado en coordinación con todos los organismos que pertenecen al Comité Estatal de Coordinación y ha sido informado favorablemente por el Pleno de la Comisión Nacional de Protección Civil. No implica ningún coste económico ni presupuestario, por cuanto se limita a ordenar y coordinar los medios disponibles, sin aumentarlos, ante una amenaza de riesgo de inundación.

Fuente: La Moncloa - Referencia del Consejo de Ministros del 29/07/2011.

Aprobado el Protocolo de Intervención de la Unidad Militar de Emergencias

Jueves, Agosto 4th, 2011

El Consejo de Ministros ha aprobado el Protocolo de Intervención de la Unidad Militar de Emergencias, que establece cuáles son las causas y mecanismos de intervención de esta unidad ante situaciones de emergencia, grave riesgo, catástrofe u otras necesidades públicas.

El citado protocolo se describe en el Real Decreto 1097/2011, de 22 de julio, por el que se aprueba el Protocolo de Intervención de la Unidad Militar de Emergencias, publicado en el Boletín Oficial del Estado con fecha 26 de julio de 2011.

En lo relativo a las telecomunicaciones de emergencia, el protocolo de intervención de la UME establece lo siguiente:

  • Con el fin de que la UME pueda cumplimentar satisfactoriamente las misiones asignadas, la Administración General del Estado le facilitará el acceso a las redes y sistemas de alerta y emergencias existentes.
  • Con el mismo objetivo, el Ministerio de Defensa suscribirá con las comunidades autónomas los acuerdos de colaboración necesarios para el acceso de la UME a sus redes de alerta y emergencia.

Fuentes: Europa Press, Boletín Oficial del Estado - RD 1097/2011 de 22 de julio.

Estrategia Española de Seguridad

Viernes, Julio 1st, 2011

El Gobierno de España acaba de publicar en la web de La Moncloa el documento “Estrategia Española de Seguridad”, que según el Ministro del Interior será objeto de debate en el Parlamento durante las próximas semanas.

En la parte relativa a emergencias y catástrofes, se fijan las siguientes líneas estratégicas de acción (sic):

La protección civil es el ámbito donde se manifiesta con mayor intensidad la cooperación entre la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y la Administración Local. El Sistema Nacional de Protección Civil articula los medios para responder a los distintos tipos de emergencias civiles en el ámbito del Sistema Nacional de Gestión de Situaciones de Crisis, que debe reconfigurarse a la luz de las prioridades establecidas en esta Estrategia.

España se ha dotado de importantes instrumentos preventivos y de gestión de riesgos naturales y tecnológicos. La nueva Ley del Suelo obliga a evaluar el grado de riesgo para limitar en los planes de ordenación urbana determinados usos del suelo en zonas potencialmente peligrosas. También disponemos de organismos científicos y técnicos como el Instituto Geográfico Nacional y el Instituto Geológico y Minero de España. Todo ello complementado con un eficaz sistema de avisos de fenómenos meteorológicos adversos en la Agencia Estatal de Meteorología y de redes de alerta de inundaciones y terremotos.

Para los casos de accidentes en instalaciones industriales y en el transporte de mercancías peligrosas, al igual que para los riesgos naturales, nuestro país cuenta con instituciones y regulaciones específicas. Destacan las relativas a seguridad nuclear y protección radiológica -bajo responsabilidad del Consejo de Seguridad Nuclear- y los planes de emergencia, sistemas de aviso a la población y redes de alerta nacional, como la Red de Alerta a la Radioactividad.

En el ámbito del salvamento marítimo y la lucha contra la contaminación marina se han realizado grandes avances. Nos hemos dotado de mejores medios operativos, a través de la Sociedad Estatal de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR), y se han mejorado los protocolos operativos.

Por último, nuestro Sistema Nacional de Salud, donde se encuentran coordinados los sistemas de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas, cuenta con una eficaz red de alerta epidemiológica con conexión a escala europea y con la OMS. Cuenta también con otras redes, como la Red de Laboratorios de Alerta Biológica, así como con planes específicos de actuación en emergencias sanitarias por epidemias y pandemias, además de una eficaz Agencia Española de Seguridad Alimentaria (AESAN).

Las líneas de acción y mejora en este ámbito pasan por perfeccionar el marco jurídico de la protección civil, revisando la Ley vigente, que data de 1985, y poniendo énfasis en la prevención, la coordinación interadministrativa, el necesario apoyo a la protección civil local y el fomento de la participación ciudadana. También por la colaboración internacional, en especial con la UE, e incluso con otras organizaciones con responsabilidades en esta materia como la OTAN.

Es necesario asimismo promover una cultura de prevención entre los ciudadanos, establecer programas de colaboración entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas para la elaboración de una cartografía de riesgos, y mejorar los instrumentos de cooperación y coordinación entre todas las Administraciones Públicas ante catástrofes medioambientales. Todo ello sin olvidar nuestra contribución a una mayor integración europea en esta materia y a la mejora de la política de la UE en la ayuda humanitaria a terceros países.

Fuente: Estrategia Española de Seguridad (Gobierno de España).

El Gobierno de Chile potencia las telecomunicaciones de emergencia

Lunes, Noviembre 8th, 2010

El Ministro de Transportes y Telecomunicaciones del Gobierno de Chile, Felipe Morandé, valoró la aprobación unánime de la Cámara de Diputados, con 70 votos a favor, del proyecto del Gobierno que favorece la operación de los sistemas de telecomunicaciones en condiciones críticas o de emergencia.

La aprobación unánime en la Cámara de Diputados de este proyecto de ley, que se suma al apoyo obtenido previamente en el Senado, es una gran noticia para el país porque nos permitirá tener en poco tiempo más un nuevo marco legal para enfrentar las situaciones de emergencia en el campo de las Telecomunicaciones , explicó el Ministro Felipe Morandé.

Este proyecto sobre reconstrucción y emergencias de telecomunicaciones busca garantizar en situaciones de emergencia la continuidad del servicio en el sistema público de telecomunicaciones, otorgando al Estado herramientas para coordinar acciones y contar con infraestructura mejor preparada.

A raíz de las insuficiencias que la infraestructura de telecomunicaciones evidenció durante el terremoto del 27 de febrero pasado, la modificación a la Ley General de Telecomunicaciones promueve el desarrollo de una política nacional de resguardo de la infraestructura crítica de telecomunicaciones, así como el diseño y definición de un plan estratégico de protección de las redes y sistemas críticos a nivel nacional, que involucre a todos los actores relevantes.

Una de las grandes lecciones que nos dejó el pasado terremoto del 27 de febrero es que Chile necesita sistemas de telecomunicaciones confiables que permitan no sólo a las personas tener mejores opciones de comunicación, sino también al Estado contar con redes de emergencia seguras y estables , aseguró el Secretario de Estado.

Gracias a este proyecto de ley vamos a desarrollar un sistema de alerta temprana de vanguardia mundial siguiendo las mejores prácticas implementadas en Estados Unidos y Japón, y también vamos a elevar los estándares de calidad de servicio de la telefonía móvil para que los usuarios en Chile puedan acceder a los mismos niveles de servicio que se exigen a las compañías móviles en los países desarrollados , agregó.

Uno de los elementos que introduce la ley es la obligación de las concesionarias de transmitir sin costo los mensajes de alerta que determine el organismo nacional de emergencias.

Otro aspecto relevante del proyecto de ley es que en caso de suspensión, interrupción o alteración del servicio público telefónico y de internet, los usuarios serán indemnizados.

Adicionalmente, esta iniciativa legal permitirá el despliegue en el país de nuevas inversiones en infraestructura al crear la figura concesional del operador de infraestructura, lo que favorecerá un desarrollo equilibrado de las telecomunicaciones en armonía con el entorno urbanístico de las ciudades.

Por su parte el Subsecretario de Telecomunicaciones, Jorge Atton, resaltó que con esta ley se consagra en la legislación sectorial todas las medidas acordadas en las mesas de trabajo para las emergencias que se desarrollaron entre el Gobierno y las industrias de las telecomunicaciones permitiendo que el país enfrente posibles emergencias o catástrofes de mucho mejor manera en el futuro.

La aprobación definitiva a de esta ley permitirá cumplir con los compromisos asumidos por el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera en lo que respecta al manejo de emergencias y comunicaciones en casos de catástrofes.

Fuente: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Gobierno de Chile.

Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo sísmico

Viernes, Abril 9th, 2010

Se acaba de publicar la Resolución de 29 de marzo de 2010, de la Subsecretaría del Ministerio del Interior, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de marzo de 2010, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico. Puede descargarse desde este enlace del BOE y creo que es de obligada lectura para todos los que estamos interesados en estos temas o simplemente para el que tenga curiosidad por conocer la organización de las telecomunicaciones de emergencia a nivel estatal en España.

Dentro del Plan Estatal se definen varios planes específicos, entre los que lógicamente figura el de telecomunicaciones:

Telecomunicaciones.–Uno de los servicios que suelen verse afectados por los terremotos es el de las telecomunicaciones basadas en soportes fijos que pueden quedar anuladas o seriamente dañadas. Esto es tanto más importante en cuanto las telecomunicaciones deben asumir un papel fundamental en la gestión de la emergencia, interrelacionando a todos los órganos que constituyen la estructura operativa prevista en el presente Plan.”

En el Anexo III del Plan se define la base de datos sobre medios y recursos movilizables ante el riesgo sísmico, que hace mención expresa a los siguientes medios de telecomunicaciones:

1.1.4.2 - Especialistas en comunicaciones.
1.1.4.3 - Especialistas en informática.
1.4.4 - Radioaficionados.
2.3.6.7 - Material de comunicaciones.
2.3.6.7.1 - Vehículos de comunicaciones de emergencia.
2.3.6.7.2 - Sistemas de restablecimiento de telefonía.
2.3.6.7.3 - Repetidores transportables sintetizados de VHF.
2.3.6.7.4 - Repetidores transportables sintetizados de UHF.
2.3.6.7.5 - Equipos transportables de comunicación via satélite.
2.3.6.7.6 -Transceptores sintetizados de VHF portátiles.
2.3.6.7.7 - Transceptores sintetizados de UHF portátiles.
2.3.6.8.1- Equipos de GPS (sistemas de posicionamiento por satélite).

En el Anexo IV (Telecomunicaciones y Sistemas de Información) del Plan se incluyen las características de los sistemas de telecomunicaciones que está previsto utilizar, aplicados fundamentalmente al caso en que la situación, por su intensidad y extensión, haya sido declarada de interés nacional por el Ministro del Interior. Por su especial interés, se reproduce aquí íntegramente:

1. Telecomunicaciones para la dirección y coordinación de las operaciones de emergencia.
1.1 Requisitos.–En las operaciones en situaciones de emergencia provocadas por un terremoto, particularmente cuando su intensidad y extensión hacen necesaria la declaración de interés nacional, se añade a la gran diversidad de organismos y entidades intervinientes, un escenario en el que las telecomunicaciones basadas en soportes fijos pueden quedar anuladas o seriamente dañadas, lo que dificultaría, si no impediría, la dirección de las operaciones.
Además, es necesario que los medios de Mando y Control presentes en la zona de la emergencia faciliten la obtención de una visión integrada de la emergencia, es decir, la síntesis de la situación en tiempo oportuno, integrando sucesos con medios de cualquier administración u organismo desplegados, con el fin de tomar decisiones.
Por todo ello, se necesita disponer de medios y procedimientos que permitan, en todo tiempo, contar con información precisa y fiable para:

  • Conocer cómo evoluciona la emergencia.
  • Identificar la disposición de los medios pertenecientes a los organismos que intervienen (Unidad Militar de Emergencias, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, bomberos, servicios sanitarios, etc.) desplegados en la zona de emergencia.
  • Controlar la actividad de los medios externos.
  • Conocer cómo evoluciona cualquier despliegue/disposición.
  • Evaluación de la situación (daños, heridos, nuevos riesgos, etc.) en cada momento.
  • La toma de decisiones permanente y la evaluación de resultados.

Estos condicionantes y la posibilidad de carecer de medios de Mando y Control basados en instalaciones fijas, obligan a emplear sistemas desplegables de telecomunicaciones y de Mando y Control. Estos sistemas han de permitir la integración de alertas y sistemas de conducción, la dirección centralizada y la gestión de medios de forma descentralizada, por lo que han de ser adaptables, modulares y escalables en cualquier situación en Zonas de Emergencias e interoperables con los sistemas, civiles y/o militares, de los organismos implicados en la emergencia.

Por otra parte, los sistemas desplegables han de integrarse en las redes de telecomunicaciones permanentes manteniendo su capacidad de ser desplegados en Zonas de Emergencias, permitiendo la materialización de una red propia de emergencias para operaciones en los entornos desplegables (Radiocomunicaciones HF/VHF/UHF, PMR, etc.).

Por último, los sistemas de telecomunicaciones deben estar preparados para dar soporte al manejo de cantidades considerables de información y soportar comunicaciones de voz, datos, FAX, mensajería y videoconferencia.

1.2. Arquitectura de las telecomunicaciones en emergencias de interés nacional.–Sobre la base de los requisitos de dirección centralizada y la gestión de medios de forma descentralizada, se establecerá una estructura de nodos con diferentes niveles en función de su capacidad para participar en la gestión de emergencias. Un nodo es una entidad tipo Puesto de Mando con capacidad para ejercer el Mando y Control de la fuerza asignada y, normalmente, la gestión de emergencias.

En el caso de una emergencia declarada de interés nacional en la que no se puedan emplear los medios sobre infraestructura fija por haber sido dañados o inutilizados, los nodos a emplear serán los que actualmente dispone la UME y los medios de telecomunicaciones desplegables, tanto de la Administración General del Estado como de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y otros organismos y empresas relacionados con la gestión de emergencias.

Los nodos de la UME, tanto en sus emplazamientos fijos como los que despliega en la zona de emergencia, incorporan integradores de comunicaciones que garantizan a los distintos actores intervinientes, tanto desde la zona afectada como desde instalaciones fijas, el acceso a los sistemas y redes de telecomunicaciones y sistemas de información establecidos.

Tipo I.–Este tipo de Nodo se desplegará, normalmente, para apoyar de forma puntual a los intervinientes en la zona de emergencia. Estarán asignados para garantizar las comunicaciones de las Unidades Intervinientes que están subordinadas a los Puestos de Mando Avanzados.

Asegura el enlace en todo tipo de condiciones orográficas y meteorológicas, y con disponibilidad o no de infraestructura civil, facilitando la integración limitada con sistemas de telecomunicaciones civiles y/o militares, con capacidad suficiente de movilidad, flexibilidad y captación y recepción de datos de la emergencia.

Este nodo proporciona las siguientes capacidades:

  • Telecomunicaciones vía satélite civil / militar.
  • Radiocomunicaciones (bandas HF/VHF, tierra aire, PMR, etc.).
  • Proceso de datos para albergar servicios de información, incluida la mensajería.
  • Interoperabilidad con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Sistema de Radio Digital de Emergencias del Estado – SIRDEE).

Tipo II.–Este tipo de Nodo se desplegará para apoyar a los Puestos de Mando, disponiendo de un Módulo de Telecomunicaciones, un Módulo de Servicios, un Módulo de Conducción y un Módulo de Seguimiento. No se desplegará en un asentamiento permanente, aunque posteriormente tratará de emplear infraestructura civil/militar ya existente desde un emplazamiento semipermanente. Este Nodo permitirá la coordinación con los organismos de la Administración General del Estado, autonómicos, provinciales y locales afectados. Tiene la capacidad de recibir alarmas, información de sistemas de conducción ajenos, así como de poder gestionar los servicios propios de un Nodo Secundario en situación desplegada.
Nodo Desplegable Tipo II Ampliado, que servirá de Puesto de Mando del Mando Operativo Integrado. Está organizado en los siguientes módulos:

Módulo de Telecomunicaciones Tipo II. Este módulo constituye el Nodo de Telecomunicaciones radio y satélite del Puesto de Mando del Mando Operativo Integrado. Dispone de las siguientes capacidades CIS:

  • Telecomunicaciones vía satélite (militar y civil).
  • Radiocomunicaciones (bandas HF/VHF/UHF, tierra aire, PMR, etc.).
  • Proceso de datos para albergar servicios de información, incluida la mensajería.
  • Videoconferencia.
  • Interoperabilidad con redes de telecomunicaciones civiles y militares (Red Básica de Área –RBA–, Red Radio de Combate –CNR–, SCTM, SIRDEE, etc.).

Módulo de Servicios Tipo II, con capacidad de proceso de datos para albergar servicios de información y mensajería, servicios de almacenamiento de datos y videoconferencia.

Módulo de Seguimiento Tipo II, que proporciona la capacidad de proceso de datos para los servicios de información, mensajería, videoconferencia, radiocomunicaciones y televisión.

Módulo de Conducción Tipo II. Alberga la Sala de Conducción Desplegable, con capacidades de proceso de datos para servicios de información, mensajería, videoconferencia, radiocomunicaciones y televisión.

Nodo Desplegable Tipo II Ampliado, de las mismas características que el anterior, que servirá de Puesto de Mando del General Jefe de la UME, como Dirección Operativa de la emergencia, en caso de que el JOC de esta Unidad no esté operativo.

2. Telecomunicaciones para la gestión del Comité Estatal de Coordinación.–El Comité Estatal de Coordinación, a través de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, debe estar relacionado permanentemente, mientras dura la situación de emergencia, además de con la Dirección Operativa, con los Centros de Coordinación Operativa Integrados constituidos en Comunidades Autónomas no afectadas. Tales comunicaciones, aunque no con los problemas derivados de la posible destrucción de instalaciones fijas, pueden verse dificultadas por sobrecargas de uso que es preciso prever y solventar mediante la utilización de un sistema de telecomunicaciones específico.

Con tal finalidad se dispone del Sistema integral de comunicaciones de emergencia vía satélite de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias (RECOSAT).

Este sistema proporciona enlaces entre todas los Centros de Coordinación de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno entre sí y, con la Dirección General, posibilitando comunicaciones de voz, fax y acceso a las redes públicas de telefonía a través de la estación central de la Dirección General.

Esta Red proporciona una gran fiabilidad, puesto que todos sus elementos, excepto el segmento satelital, son propios de la Dirección General, lo que evita las «saturaciones» que se presentan en las redes convencionales cuando el acceso a ellas se realiza de forma masiva o se supera el dimensionamiento previsto por las diferentes operadoras. Asimismo resulta poco vulnerable a los terremotos por no depender de infraestructuras terrenas.

La Red está compuesta por:

  • Una estación central (HUB), en la sede de la Dirección General.
  • 57 Estaciones fijas, en Delegaciones, Subdelegaciones del Gobierno y Delegaciones Insulares en la Comunidad Autónoma de Canarias.

3. Red radio de emergencia.–La Red Radio de Emergencia (REMER) es un sistema de comunicaciones complementario de las otras redes disponibles. Está constituida mediante una organización estructurada en el ámbito territorial del Estado e integrada por los radioaficionados españoles que prestan su colaboración a los servicios de protección Civil de la Administración General del Estado al ser requeridos para ello, cuando circunstancias excepcionales lo justifiquen y una vez seguidos los protocolos de activación establecidos por la misma.

Son objetivos de la Red Radio de Emergencia:

  • Establecer un sistema de radiocomunicación en HF y VHF sobre la base de recursos privados que complemente los disponibles por la Administración General del Estado.b) Articular un mecanismo que permita a los radioaficionados colaborar con la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, asumiendo voluntariamente los deberes que como ciudadanos les corresponde en los casos en que su actuación se haga necesaria.
  • Articular un mecanismo que permita a los radioaficionados colaborar con la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, asumiendo voluntariamente los deberes que como ciudadanos les corresponde en los casos en que su actuación se haga necesaria.
  • Facilitar a los radioaficionados españoles, integrados en la Red, su colaboración a nivel operativo y la coordinaciónentre ellos, así como la incorporación, en caso necesario, de aquellos otros radioaficionados que no perteneciendo a la Red, sea necesario pedir su colaboración, actuando en esta situación la REMER como un sistema de encuadramiento funcional.

Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2010-5661.

Especial atención a las comunicaciones por satélite para casos de emergencia

Jueves, Abril 8th, 2010

Ginebra, 19 de marzo de 2010 - — La reunión interinstitucional de las Naciones Unidas sobre las actividades relativas al espacio ultraterrestre concluyó su 30º periodo de sesiones el pasado 12 de marzo de 2010 en Ginebra. Se debatieron las futuras perspectivas de mejora de la coordinación, la cooperación y la obtención de sinergias dentro del sistema de las Naciones Unidas en lo que se refiere a las actividades espaciales, así como la importancia de las comunicaciones por satélite durante las catástrofes y las situaciones de emergencia. Organizada por la Oficina de las Naciones Unidas para Asuntos del Espacio Ultraterrestre (UNOOSA) y celebrada en Ginebra, en los locales de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, la reunión interinstitucional acordó seguir expandiendo los esfuerzos comunes de coordinación en el seno de las Naciones Unidas a través de la adopción de las siguientes medidas:

  • Dotar de mayor relevancia al Informe del Secretario General sobre la coordinación de las actividades espaciales, adaptándolo al programa de las Naciones Unidas en materia de desarrollo.
  • Reestructuración del contenido del citado Informe, para adaptarlo a los grupos de temas de trabajo y las cuestiones que aborda la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible, habida cuenta de la importancia creciente que están adquiriendo la tecnología espacial y sus aplicaciones para el logro del desarrollo sostenible.
  •  Preparación de Informes semestrales especiales sobre temas seleccionados, dedicándose el próximo Informe especial al cambio climático y al aprovechamiento de la tecnología espacial dentro del sistema de las Naciones Unidas.

Durante el periodo de sesiones, los Estados Miembros y los organismos de la ONU también se reunieron en el marco de un periodo de sesiones abierto y oficioso para discutir sobre el tema “La tecnología espacial para las comunicaciones de emergencia”, con miras a iniciar un diálogo directo entre los Estados Miembros y los organismos de Naciones Unidas destinado a tratar de la importancia de la tecnología espacial para mejorar la predicción de catástrofes, avisar con anticipación a la población y, cuando se produce la catástrofe, proporcionar ayuda con rapidez y restablecer las comunicaciones esenciales.Puede obtenerse más información acerca de la reunión interinstitucional de las Naciones Unidas sobre las actividades relativas al espacio ultraterrestre y de su periodo de sesiones abierto y oficioso en el sitio web dedicado a la coordinación de la Naciones Unidas en relación con las actividades relativas al espacio ultraterrestre (www.uncosa.unvienna.org/uncosa/index.html)

La Oficina de las Naciones Unidas para Asuntos del Espacio Ultraterrestre (UNOOSA) se encarga de aplicar las decisiones de la Asamblea General y de la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos y sus dos subcomisiones, a saber, la Subcomisión de Asuntos Científicos y Técnicos y la Subcomisión de Asuntos Jurídicos. La Oficina es responsable de promover la cooperación internacional en la utilización pacífica del espacio extraterrestre, así como de prestar asistencia a los países en desarrollo para la utilización de la ciencia y la tecnología espaciales. Ubicada en Viena (Austria), la UNOOSA mantiene un sitio web en la dirección www.unoosa.org/.

Fuente: UIT.

Nuevas normas de la UIT para mejorar las comunicaciones por satélite en situaciones de emergencia

Jueves, Marzo 25th, 2010

Ginebra, 10 de marzo de 2010 — Se han aprobado nuevas normas de radiocomunicaciones elaboradas por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) para servicios por satélite con objeto de facilitar la alerta temprana, la respuesta rápida y las operaciones de socorro cuando sobrevienen catástrofes naturales.La Recomendación UIT-R S.1001-2 (Utilización de sistemas en el Servicio Fijo por Satélite en casos de desastres naturales y emergencias similares para operaciones de alerta y mitigación) proporciona información sobre la gama de frecuencias radioeléctricas que pueden ser utilizadas por los sistemas del Servicio Fijo por Satélite (SFS) para situaciones de emergencia y operaciones de socorro en situaciones de catástrofe.

La Recomendación UIT-R M.1854 (Utilización del Servicio Móvil por Satélite en la respuesta y mitigación de desastres) ofrece información sobre la gama de frecuencias radioeléctricas utilizadas por el Servicio Móvil por Satélite (SMS) con el fin de facilitar una variedad de funciones como, por ejemplo, comunicaciones de voz y datos, información sobre el terreno, recopilación de datos, información sobre la posición y transmisión de imágenes.

Cuando ocurren catástrofes naturales, como los recientes terremotos que devastaron Haití y Chile, se debe disponer de forma urgente de un enlace de telecomunicaciones fiable para utilizarlo en operaciones de socorro. La UIT se aunó a las actividades internacionales emprendidas para prestar asistencia humanitaria a Haití, a Chile y a otras zonas afectadas e instaló terminales de satélite y estaciones terrenas con la finalidad de restablecer los enlaces de comunicación básicos.

El Secretario General de la UIT, Hamadoun Touré, señaló que cuando ocurre una catástrofe natural, las comunicaciones por satélite constituyen el medio más adecuado de establecer rápidamente un enlace de telecomunicaciones con instalaciones a distancia. “El establecimiento de las comunicaciones después de una catástrofe es esencial para facilitar tareas de rescate rápidas y eficaces así como operaciones de rehabilitación”, indicó el Dr. Touré. “Las nuevas normas de radiocomunicaciones de la UIT para la comunicación por satélite en situaciones de emergencia mejorarán considerablemente nuestra capacidad de salvar vidas. Hago un llamamiento a todas las partes interesadas, en especial a las administraciones, los operadores de satélite y los proveedores de servicios para que presten su apoyo al desarrollo de sistemas de alerta temprana y de rescate sólidos y exhaustivos con miras a favorecer las operaciones de emergencia y atenuar las consecuencias de las catástrofes a escala nacional, regional e internacional”.

Servicio fijo por satélite (SFS)

Las transmisiones por satélite que utilizan estaciones terrenas de pequeña apertura, como VSAT (Very Small Aperture Terminal) fijas, estaciones terrenas montadas en vehículos (EMV) y estaciones terrenas transportables, son una de las soluciones más viables en el suministro de servicios de telecomunicaciones de emergencia para operaciones de socorro. Estos sistemas del SFS son extremadamente eficaces en la prestación de dicho tipo de servicios. Puesto que son intrínsecamente adecuados para la transmisión de datos, los sistemas del SFS también pueden utilizarse efectivamente para las operaciones de alerta temprana, en especial en terremotos y tormentas. En aras de la eficiencia, la capacidad del SFS para situaciones de emergencia y operaciones de socorro en situaciones de catástrofe debe planificarse por anticipado entre las administraciones y los operadores/proveedores del SFS para garantizar la pronta disponibilidad de esos servicios cuando ocurre una catástrofe.

Servicio móvil por satélite (SMS)

Debido a su fácil implantación, gran cobertura e independencia de la infraestructura local de telecomunicaciones (que puede quedar destruida durante una catástrofe), las terminales de satélite móviles y los equipos auxiliares son medios muy eficaces en la prestación de servicios de telecomunicaciones de emergencia para operaciones de socorro. Con el fin de reforzar la preparación a las catástrofes, sería conveniente que los sistemas del SMS se implantaran en todas partes, especialmente en regiones propensas a las catástrofes.

Bases de datos de frecuencias de servicios espaciales para su utilización en situaciones de emergencia

De conformidad con la Resolución 647 de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2007, la Oficina de Radiocomunicaciones de la UIT ha creado recientemente una base de datos en línea (www.itu.int/ITU-R/space/res647/) que contiene las frecuencias/bandas de frecuencias proporcionadas por las administraciones y que están ahora disponibles para ser utilizadas por los sistemas de satélite en situaciones de emergencia.

Iniciativas de la UIT

Las telecomunicaciones de emergencia han sido una de las principales actividades de la UIT desde su creación. Las nuevas normas de la UIT se han elaborado con arreglo a Resoluciones adoptadas en la Conferencia de Plenipotenciarios de la UIT en 2006, la Asamblea de Radiocomunicaciones de la UIT y la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2007.

El Secretario General de la UIT nombró un Grupo de Alto Nivel para Telecomunicaciones de Emergencia, que ha logrado constituirse en un marco para la concertación de numerosos acuerdos de asociación bilaterales destinados a garantizar la rápida rehabilitación de los enlaces de comunicación cuando ocurre una catástrofe. En colaboración con la UIT, varios operadores de servicios móviles por satélite han suministrado equipos y tiempo de transmisión por satélite, lo cual supone una ayuda invalorable para la gestión de catástrofes y las operaciones de socorro correspondientes.

Fuente: UIT.

Comunicado de prensa de CONATEL

Domingo, Enero 24th, 2010

EL Consejo Nacional de las Telecomunicaciones en Haití (CONATEL, Conseil National des Télécommunications), organismo gubernamental encargado de la regulación del sector de las telecomunicaciones en el país, ha establecido unas oficinas temporales y ha emitido el siguiente comunicado de prensa:

“El Consejo Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) notifica al público general y a aquéllos interesados de forma particular, que tras los grandes daños causados por el terremoto del 12 de enero de 2010, se ha instalado una oficina temporal de CONATEL en el número 97 de la Avenida Panamericana (Avenue Panaméricaine) en Pétion-Ville, con el objetivo de asegurar la continuidad de su trabajo. Esta solución permitirá, entre otras cosas, mejorar la coordinación para establecer una red de telecomunicaciones de emergencia temporal en Haití.

Consecuentemente, se solicita a todas las personas implicadas que se pongan en contacto con CONATEL acudiendo a la dirección antes  indicada, entre las 9 AM y la 1 PM, o a cualquier hora del día en los siguientes números de teléfono: (509) 3454-0541, (509) 2516-0000 ó (509) 3702-1414, o a través de las siguientes direcciones de email: techommunication@yahoo.fr o info@conatel.gouv.ht, antes de utilizar cualquier equipo de telecomunicaciones o recursos del espectro radioeléctrico.

Esperamos evitar problemas de interferencias y posibles conflictos entre los operadores propios de Haití y los que están operando actualmente en esta circunstancia inusual. El Consejo Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), a la vez que muestra su agradeciemiento a los proveedores de servicios de telecomunicaciones por todos sus esfuerzos para mantener operativas sus redes a pesar de los extensos daños sufridos, aprovecha la oportunidad para expresar sus simpatías a los familiares de las víctimas del terremoto.

Puerto Príncipe, 20 de Enero de 2010

Montaigne Marcelin
Director General”

Fuente: ARRL