Archivo de la etiqueta: Ministerio de Defensa

Planificación de enlaces radio en la banda de HF (Memorial del Arma de Ingenieros nº92)

La Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa acaba de publicar el nº92 del Memorial del Arma de Ingenieros, correspondiente a Julio de 2014, que incluye mi artículo “Planificación de enlaces radio en la banda de HF” en las páginas 29-45.

Las comunicaciones por radio en la banda de HF están experimentando un nuevo auge que en parte se debe a la aparición de nuevos modos de transmisión que facilitan enormemente la tarea de los operadores. No obstante, sigue siendo responsabilidad de los planificadores la elección de las frecuencias más adecuadas para trabajar en cada franja horaria en el transcurso de una operación.

En este artículo se expone una metodología para la planificación de frecuencias en la banda de HF, considerando la topología de la malla, sus parámetros técnicos, las condiciones de propagación ionosférica y las bandas de trabajo en las que existen atribuciones de frecuencias para operar.

Enlace: “Planificación de enlaces radio en la banda de HF”. Memorial del Arma de Ingenieros nº92, pp.29-45 (pdf, 1,8 MB).

Enlace: “Memorial del Arma de Ingenieros nº92″ completo (pdf, 29,3 MB).

Share Button

Informe sobre el Anteproyecto de Ley del Sistema Nacional de Protección Civil

Escudo_DGPCE

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro del Interior sobre el Anteproyecto de Ley del Sistema Nacional de Protección Civil. Esta nueva Ley pretende reforzar los mecanismos que potencien y mejoren el funcionamiento del sistema nacional de protección de los ciudadanos ante emergencias y catástrofes, y posibilitar, al mismo tiempo, el mejor cumplimiento de los compromisos asumidos en el ámbito internacional y de la Unión Europea, con el fin de afrontar de la manera más rápida y eficaz las situaciones de emergencia que puedan producirse, en beneficio de los afectados y en cumplimiento del principio de solidaridad interterritorial.

El nuevo texto actualiza el ordenamiento jurídico en una materia tan sensible para los ciudadanos como es la protección civil y lo hace a la luz de la experiencia adquirida desde la promulgación de la Ley anterior, del 21 de enero, teniendo en cuenta el desarrollo de esta última por otras normas estatales y de las Comunidades Autónomas, así como la legislación de la Unión Europea y los compromisos asumidos por España en el marco de la cooperación internacional. Todo ello, respetando las competencias asumidas por las Comunidades Autónomas en sus vigentes Estatutos de Autonomía y por las Entidades Locales.

Contenido de la nueva Ley

El texto consta de 49 artículos, estructurados en seis títulos. Comienza con una definición de lo que se entiende por protección civil, tal y como ha sido descrita por la jurisprudencia constitucional: “la protección civil, como instrumento de la política de seguridad nacional, es el servicio público que protege a las personas y bienes, garantizando una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes originadas por causas naturales o derivadas de la acción humana, sea ésta accidental o intencionada”.

A continuación, se determina el objeto de la Ley, que no es otro que es establecer el Sistema Nacional de Protección Civil como un instrumento esencial para asegurar la coordinación, la cohesión y la eficacia de las políticas públicas de protección civil, y regular las competencias de la Administración General del Estado en la materia.

El Sistema Nacional de Protección Civil integra la actuación de las Administraciones Públicas para garantizar una respuesta coordinada y eficiente, mediante:

  • La prevención de riesgos colectivos
  • La planificación de medios para afrontarlos
  • La intervención inmediata en caso de emergencia
  • El restablecimiento de infraestructuras y servicios esenciales
  • El seguimiento y evaluación del Sistema para garantizar un funcionamiento eficaz y armónico.

Se definen las diferentes fases de este Sistema, que son objeto de desarrollo en el siguiente título: anticipación; prevención de riesgos; planificación; respuesta inmediata; recuperación; y evaluación e inspección.

Los recursos humanos del Sistema Nacional de Protección Civil

Los poderes públicos promoverán la formación y el desarrollo de la competencia técnica del personal en materia de protección civil. La Escuela Nacional de Protección Civil se encargará de entrenar y formar al personal de los servicios de protección civil de la Administración General del Estado y de otras instituciones públicas y privadas; desarrollar acciones de I+D+i en materia de formación de protección civil; colaborar en las actividades de formación que se prevean en el marco del Mecanismo de Protección Civil de la Unión Europea o de otras iniciativas europeas, e impartir la formación conducente a los títulos oficiales de Formación Profesional y Certificados de Profesionalidad relacionados con la protección civil, previa autorización de los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte y de Empleo y Seguridad Social.

Competencias de los órganos de la Administración General del Estado

El Anteproyecto de Ley enumera las actuales competencias en la materia del Gobierno, del Ministro del Interior, de otros Departamentos ministeriales, de los Delegados del Gobierno, de la Unidad Militar de Emergencias (UME) -su intervención se solicitará por el ministro del Interior y será ordenada por el Ministerio de Defensa-, así como la participación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en las acciones de protección civil, en los mismos términos que la legislación vigente.

Cooperación y coordinación

Se mantiene la Comisión Nacional de Protección Civil como órgano de cooperación en esta materia de la Administración General del Estado, de las administraciones de las Comunidades Autónomas, de las ciudades con Estatuto de Autonomía y de la Administración Local, representada por la Federación Española de Municipios y Provincias. La Administración Local no tiene en la legislación vigente representación oficial y asiste a las reuniones de manera informal.

Régimen sancionador

Se incorpora un régimen sancionador completo en esta materia, con el listado de infracciones, que podrán ser muy graves, graves o leves, y las consiguientes sanciones.

La cuantía de las sanciones es idéntica a la establecida en la vigente Ley de 1985:

  • Infracciones muy graves: de 30.001 a 600.000 euros.
  • Infracciones graves: de 1.501 a 30.000 euros.
  • Infracciones leves: hasta 1.500 euros.

Impacto presupuestario

El impacto económico general de las emergencias y catástrofes en España se puede estimar en unos cuatrocientos millones de euros anuales, según los datos aportados por el Consorcio de Compensación de Seguros

España es un país que no sufre comparativamente grandes pérdidas económicas por causa de las emergencias y catástrofes, y ello es debido al efecto de las políticas preventivas que se llevan a cabo desde hace muchos años.

La gestión racional de los riesgos de emergencias y catástrofes que establece esta Ley contribuirá a la innovación permanente, lo que redundará en un mejor aprovechamiento de los recursos públicos y privados.

Anteproyecto de Ley del Sistema Nacional de Protección Civil

Fuentes:

Referencia del Consejo de Ministros. Madrid, viernes, 29 de Agosto de 2014.

Anteproyecto de Ley del Sistema Nacional de Protección Civil (pdf, 1,2 MB).

 

 

Share Button

Propagación NVIS: Estudio y Experiencias

Acabo de rescatar, con permiso de su autor, un interesante documento publicado en el número 37 de la revista “Memorial del Arma de Ingenieros”, del año 1989. Se trata del artículo “Propagación NVIS: Estudio y Experiencias”, escrito por el entonces Capitán Don Julián Iranzo Collado, del Regimiento de Transmisiones Tácticas nº21 del Ejército de Tierra español. El “Memorial del Arma de Ingenieros y Revista Científico-Militar” es una de las publicaciones técnicas más antiguas de España con continuación en la actualidad, datando su primer número del año 1846 y con reconocido prestigio a nivel europeo. La revista fue fundada por el Ingeniero General D. Antonio Remón Zarco del Valle y Huet, con la finalidad de difundir entre los Oficiales del Cuerpo aquellos estudios y conocimientos que más les podían interesar y al mismo tiempo, darles facilidades para que el resultado de sus trabajos y el fruto de su experiencia fueran conocidos.

Se difunde desde el año 1999 en formato digital y el Ministerio de Defensa ha realizado el esfuerzo de digitalizar los números publicados entre 1846 y 1936, disponibles a través de la Biblioteca Virtual de Defensa (BVD). El artículo que nos ocupa, datado en 1989, no está por tanto disponible de momento en la BVD y considero del máximo provecho rescatarlo no solamente por su interés histórico sino también por su interés técnico derivado del resurgir actual de las comunicaciones por radio en HF, tanto en entornos militares como de comunicaciones de emergencia.

En el artículo se exponen los resultados de un experimento de propagación NVIS (Near Vertical Incident Skywave) realizado en el año 1987, durante las Escuelas Prácticas de Transmisiones GAMO-87 en las provincias de Guadalajara y Madrid, en el que se utilizan estaciones de comunicaciones de los tipos MERCURIO-A y MERCURIO-B dotadas con radios de HF y antenas dipolo horizontales instaladas a diferentes alturas sobre el suelo, con el objetivo de evaluar las características de radiación de las mismas. Las pruebas se apoyan además en el uso de un radiogoniómetro para evaluar tanto los patrones de radiación como las posibilidades de evasión de las estaciones NVIS ante la radiolocalización.

En las conclusiones quedan patentes las posibilidades de este modo de propagación de HF para establecer comunicaciones fiables más allá del alcance de la onda de tierra y cubriendo el hueco de unos 200 km de la primera zona de salto, típica de las comunicaciones ionosféricas de media y larga distancia. Se evalúan los resultados de operar con antenas dipolo ajustadas para frecuencias comprendidas en el rango entre 3,5 MHz y 8 MHz e instaladas a diferentes alturas sobre el suelo, planteándose además varios posibles escenarios operativos de uso.

Los resultados son completamente extrapolables para su uso actual tanto en entornos militares como de comunicaciones de emergencia, considerando que algunas de las conclusiones tendrán una aplicación diferente dependiendo del escenario. Por ejemplo, los consejos relativos a obtener una baja probabilidad de interceptación en un entorno militar con presencia de medios hostiles ESM, mediante la supresión de la onda de tierra aprovechando la orografía, serían justo los opuestos en un entorno de comunicaciones de emergencia, donde se pretendería maximizar los alcances tanto por onda de tierra como por onda ionosférica. Del mismo modo, la parte relativa a las dificultades de establecimiento de marcaciones radiogoniométricas de este tipo de emisiones también puede ser muy interesante desde el punto de vista de la localización de embarcaciones en peligro en el mar.

Aprovecho para agradecer a su autor la autorización para publicar el artículo en la web.

Enlace: “Propagación NVIS: Estudio y Experiencias”

Share Button