El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado 29 de Julio de 2011 el Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones, con lo que se completa la planificación prevista en la legislación de protección civil ante este tipo de riesgos.
Las inundaciones han sido y son el riesgo natural con mayor impacto económico y social en España, y afectan prácticamente a toda la geografía española, aunque el territorio más castigado se centra en las costas mediterránea y cantábrica, y en los espacios fluviales de los grandes ríos peninsulares.
En la actualidad, la mayoría de las Comunidades Autónomas cuentan con su Plan de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones, por lo que se hacía imprescindible completar el ciclo competencial y organizativo marcado en la norma básica, e integrar los planes de Comunidades Autónomas en un marco que facilite la coordinación entre las distintas Administraciones públicas en caso de una emergencia de esta naturaleza de interés nacional
Organización y procedimientos de actuación
Por ello, el objetivo del Plan Estatal es establecer la organización y los procedimientos de actuación de aquellos servicios del Estado que sean necesarios para asegurar una respuesta eficaz ante las diferentes situaciones que puedan afectar a cualquier parte del territorio nacional. Sus funciones básicas son las siguientes:
a) Establecer la estructura de organización que permita la dirección y coordinación del conjunto de las Administraciones públicas en emergencias por inundaciones declaradas de interés nacional, así como prever los procedimientos de movilización de recursos y servicios necesarios para cubrir de manera eficaz las necesidades creadas.
b) Establecer los mecanismos de apoyo a los planes de las Comunidades Autónomas en el supuesto de que éstas así lo requieran, al igual que el sistema y los procedimientos de información sobre inundaciones, que se utilizarán con fines de protección civil.
c) Establecer una base de datos de carácter nacional sobre inundaciones y prever los mecanismos de solicitud y recepción, en su caso, de ayuda internacional.
Siete capítulos
El Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones se estructura en siete Capítulos y cinco Anexos:
En el Primer Capítulo (Objetivo y ámbito) se definen las funciones básicas y el fundamento jurídico, así como el ámbito territorial de aplicación y los órganos administrativos a los que concierne el Plan.
En el Segundo Capítulo (Identificación del riesgo de inundaciones en España) se enmarcan, dentro de la normativa nacional y europea, los trabajos que se están desarrollando para conocer en profundidad el riesgo de inundaciones en nuestro país.
El Tercer Capítulo (Sistema de información y seguimiento hidrometeorológico) establece los protocolos necesarios para definir los sistemas de información y alerta dentro del sistema nacional de protección civil.
En el Cuarto Capítulo se definen las fases y situaciones en las que se subdivide el proceso para poder atender con economía de medios los diferentes escenarios que puedan producirse.
En el Quinto Capítulo (Organización) se establecen los diferentes órganos de dirección y coordinación, en cuanto a su composición, funcionamiento y funciones, que darán la oportuna respuesta a la emergencia.
El Capítulo Sexto (Operatividad) fija las diferentes formas de actuación de los órganos competentes ante las diversas situaciones descritas para conseguir minimizar los efectos con la máxima eficiencia.
En el Capítulo Séptimo (Mantenimiento e implantación del plan) se describen las tareas necesarias para conseguir que el Plan se actualice de la forma más eficaz posible.
Finalmente, por lo que se refiere al contenido de los Anexos:
- Anexo I: proporciona los criterios para la elaboración de los protocolos de alerta hidrológica.
- Anexo II: establece los necesarios Planes de Coordinación y Apoyo.
- Anexo III: describe la Base Nacional de Datos sobre Inundaciones Históricas.
- Anexo IV: establece los requisitos y arquitectura de las telecomunicaciones en emergencias de interés nacional.
- Anexo V: incluye un glosario de abreviaturas.
El Plan ha sido elaborado en coordinación con todos los organismos que pertenecen al Comité Estatal de Coordinación y ha sido informado favorablemente por el Pleno de la Comisión Nacional de Protección Civil. No implica ningún coste económico ni presupuestario, por cuanto se limita a ordenar y coordinar los medios disponibles, sin aumentarlos, ante una amenaza de riesgo de inundación.
Fuente: La Moncloa – Referencia del Consejo de Ministros del 29/07/2011.
¡Buenas noticias!