Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo sísmico

Se acaba de publicar la Resolución de 29 de marzo de 2010, de la Subsecretaría del Ministerio del Interior, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de marzo de 2010, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico. Puede descargarse desde este enlace del BOE y creo que es de obligada lectura para todos los que estamos interesados en estos temas o simplemente para el que tenga curiosidad por conocer la organización de las telecomunicaciones de emergencia a nivel estatal en España.

Dentro del Plan Estatal se definen varios planes específicos, entre los que lógicamente figura el de telecomunicaciones:

Telecomunicaciones.–Uno de los servicios que suelen verse afectados por los terremotos es el de las telecomunicaciones basadas en soportes fijos que pueden quedar anuladas o seriamente dañadas. Esto es tanto más importante en cuanto las telecomunicaciones deben asumir un papel fundamental en la gestión de la emergencia, interrelacionando a todos los órganos que constituyen la estructura operativa prevista en el presente Plan.”

En el Anexo III del Plan se define la base de datos sobre medios y recursos movilizables ante el riesgo sísmico, que hace mención expresa a los siguientes medios de telecomunicaciones:

1.1.4.2 – Especialistas en comunicaciones.
1.1.4.3 – Especialistas en informática.
1.4.4 – Radioaficionados.
2.3.6.7 – Material de comunicaciones.
2.3.6.7.1 – Vehículos de comunicaciones de emergencia.
2.3.6.7.2 – Sistemas de restablecimiento de telefonía.
2.3.6.7.3 – Repetidores transportables sintetizados de VHF.
2.3.6.7.4 – Repetidores transportables sintetizados de UHF.
2.3.6.7.5 – Equipos transportables de comunicación via satélite.
2.3.6.7.6 -Transceptores sintetizados de VHF portátiles.
2.3.6.7.7 – Transceptores sintetizados de UHF portátiles.
2.3.6.8.1- Equipos de GPS (sistemas de posicionamiento por satélite).

En el Anexo IV (Telecomunicaciones y Sistemas de Información) del Plan se incluyen las características de los sistemas de telecomunicaciones que está previsto utilizar, aplicados fundamentalmente al caso en que la situación, por su intensidad y extensión, haya sido declarada de interés nacional por el Ministro del Interior. Por su especial interés, se reproduce aquí íntegramente:

1. Telecomunicaciones para la dirección y coordinación de las operaciones de emergencia.
1.1 Requisitos.–En las operaciones en situaciones de emergencia provocadas por un terremoto, particularmente cuando su intensidad y extensión hacen necesaria la declaración de interés nacional, se añade a la gran diversidad de organismos y entidades intervinientes, un escenario en el que las telecomunicaciones basadas en soportes fijos pueden quedar anuladas o seriamente dañadas, lo que dificultaría, si no impediría, la dirección de las operaciones.
Además, es necesario que los medios de Mando y Control presentes en la zona de la emergencia faciliten la obtención de una visión integrada de la emergencia, es decir, la síntesis de la situación en tiempo oportuno, integrando sucesos con medios de cualquier administración u organismo desplegados, con el fin de tomar decisiones.
Por todo ello, se necesita disponer de medios y procedimientos que permitan, en todo tiempo, contar con información precisa y fiable para:

  • Conocer cómo evoluciona la emergencia.
  • Identificar la disposición de los medios pertenecientes a los organismos que intervienen (Unidad Militar de Emergencias, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, bomberos, servicios sanitarios, etc.) desplegados en la zona de emergencia.
  • Controlar la actividad de los medios externos.
  • Conocer cómo evoluciona cualquier despliegue/disposición.
  • Evaluación de la situación (daños, heridos, nuevos riesgos, etc.) en cada momento.
  • La toma de decisiones permanente y la evaluación de resultados.

Estos condicionantes y la posibilidad de carecer de medios de Mando y Control basados en instalaciones fijas, obligan a emplear sistemas desplegables de telecomunicaciones y de Mando y Control. Estos sistemas han de permitir la integración de alertas y sistemas de conducción, la dirección centralizada y la gestión de medios de forma descentralizada, por lo que han de ser adaptables, modulares y escalables en cualquier situación en Zonas de Emergencias e interoperables con los sistemas, civiles y/o militares, de los organismos implicados en la emergencia.

Por otra parte, los sistemas desplegables han de integrarse en las redes de telecomunicaciones permanentes manteniendo su capacidad de ser desplegados en Zonas de Emergencias, permitiendo la materialización de una red propia de emergencias para operaciones en los entornos desplegables (Radiocomunicaciones HF/VHF/UHF, PMR, etc.).

Por último, los sistemas de telecomunicaciones deben estar preparados para dar soporte al manejo de cantidades considerables de información y soportar comunicaciones de voz, datos, FAX, mensajería y videoconferencia.

1.2. Arquitectura de las telecomunicaciones en emergencias de interés nacional.–Sobre la base de los requisitos de dirección centralizada y la gestión de medios de forma descentralizada, se establecerá una estructura de nodos con diferentes niveles en función de su capacidad para participar en la gestión de emergencias. Un nodo es una entidad tipo Puesto de Mando con capacidad para ejercer el Mando y Control de la fuerza asignada y, normalmente, la gestión de emergencias.

En el caso de una emergencia declarada de interés nacional en la que no se puedan emplear los medios sobre infraestructura fija por haber sido dañados o inutilizados, los nodos a emplear serán los que actualmente dispone la UME y los medios de telecomunicaciones desplegables, tanto de la Administración General del Estado como de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y otros organismos y empresas relacionados con la gestión de emergencias.

Los nodos de la UME, tanto en sus emplazamientos fijos como los que despliega en la zona de emergencia, incorporan integradores de comunicaciones que garantizan a los distintos actores intervinientes, tanto desde la zona afectada como desde instalaciones fijas, el acceso a los sistemas y redes de telecomunicaciones y sistemas de información establecidos.

Tipo I.–Este tipo de Nodo se desplegará, normalmente, para apoyar de forma puntual a los intervinientes en la zona de emergencia. Estarán asignados para garantizar las comunicaciones de las Unidades Intervinientes que están subordinadas a los Puestos de Mando Avanzados.

Asegura el enlace en todo tipo de condiciones orográficas y meteorológicas, y con disponibilidad o no de infraestructura civil, facilitando la integración limitada con sistemas de telecomunicaciones civiles y/o militares, con capacidad suficiente de movilidad, flexibilidad y captación y recepción de datos de la emergencia.

Este nodo proporciona las siguientes capacidades:

  • Telecomunicaciones vía satélite civil / militar.
  • Radiocomunicaciones (bandas HF/VHF, tierra aire, PMR, etc.).
  • Proceso de datos para albergar servicios de información, incluida la mensajería.
  • Interoperabilidad con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Sistema de Radio Digital de Emergencias del Estado – SIRDEE).

Tipo II.–Este tipo de Nodo se desplegará para apoyar a los Puestos de Mando, disponiendo de un Módulo de Telecomunicaciones, un Módulo de Servicios, un Módulo de Conducción y un Módulo de Seguimiento. No se desplegará en un asentamiento permanente, aunque posteriormente tratará de emplear infraestructura civil/militar ya existente desde un emplazamiento semipermanente. Este Nodo permitirá la coordinación con los organismos de la Administración General del Estado, autonómicos, provinciales y locales afectados. Tiene la capacidad de recibir alarmas, información de sistemas de conducción ajenos, así como de poder gestionar los servicios propios de un Nodo Secundario en situación desplegada.
Nodo Desplegable Tipo II Ampliado, que servirá de Puesto de Mando del Mando Operativo Integrado. Está organizado en los siguientes módulos:

Módulo de Telecomunicaciones Tipo II. Este módulo constituye el Nodo de Telecomunicaciones radio y satélite del Puesto de Mando del Mando Operativo Integrado. Dispone de las siguientes capacidades CIS:

  • Telecomunicaciones vía satélite (militar y civil).
  • Radiocomunicaciones (bandas HF/VHF/UHF, tierra aire, PMR, etc.).
  • Proceso de datos para albergar servicios de información, incluida la mensajería.
  • Videoconferencia.
  • Interoperabilidad con redes de telecomunicaciones civiles y militares (Red Básica de Área –RBA–, Red Radio de Combate –CNR–, SCTM, SIRDEE, etc.).

Módulo de Servicios Tipo II, con capacidad de proceso de datos para albergar servicios de información y mensajería, servicios de almacenamiento de datos y videoconferencia.

Módulo de Seguimiento Tipo II, que proporciona la capacidad de proceso de datos para los servicios de información, mensajería, videoconferencia, radiocomunicaciones y televisión.

Módulo de Conducción Tipo II. Alberga la Sala de Conducción Desplegable, con capacidades de proceso de datos para servicios de información, mensajería, videoconferencia, radiocomunicaciones y televisión.

Nodo Desplegable Tipo II Ampliado, de las mismas características que el anterior, que servirá de Puesto de Mando del General Jefe de la UME, como Dirección Operativa de la emergencia, en caso de que el JOC de esta Unidad no esté operativo.

2. Telecomunicaciones para la gestión del Comité Estatal de Coordinación.–El Comité Estatal de Coordinación, a través de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, debe estar relacionado permanentemente, mientras dura la situación de emergencia, además de con la Dirección Operativa, con los Centros de Coordinación Operativa Integrados constituidos en Comunidades Autónomas no afectadas. Tales comunicaciones, aunque no con los problemas derivados de la posible destrucción de instalaciones fijas, pueden verse dificultadas por sobrecargas de uso que es preciso prever y solventar mediante la utilización de un sistema de telecomunicaciones específico.

Con tal finalidad se dispone del Sistema integral de comunicaciones de emergencia vía satélite de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias (RECOSAT).

Este sistema proporciona enlaces entre todas los Centros de Coordinación de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno entre sí y, con la Dirección General, posibilitando comunicaciones de voz, fax y acceso a las redes públicas de telefonía a través de la estación central de la Dirección General.

Esta Red proporciona una gran fiabilidad, puesto que todos sus elementos, excepto el segmento satelital, son propios de la Dirección General, lo que evita las «saturaciones» que se presentan en las redes convencionales cuando el acceso a ellas se realiza de forma masiva o se supera el dimensionamiento previsto por las diferentes operadoras. Asimismo resulta poco vulnerable a los terremotos por no depender de infraestructuras terrenas.

La Red está compuesta por:

  • Una estación central (HUB), en la sede de la Dirección General.
  • 57 Estaciones fijas, en Delegaciones, Subdelegaciones del Gobierno y Delegaciones Insulares en la Comunidad Autónoma de Canarias.

3. Red radio de emergencia.–La Red Radio de Emergencia (REMER) es un sistema de comunicaciones complementario de las otras redes disponibles. Está constituida mediante una organización estructurada en el ámbito territorial del Estado e integrada por los radioaficionados españoles que prestan su colaboración a los servicios de protección Civil de la Administración General del Estado al ser requeridos para ello, cuando circunstancias excepcionales lo justifiquen y una vez seguidos los protocolos de activación establecidos por la misma.

Son objetivos de la Red Radio de Emergencia:

  • Establecer un sistema de radiocomunicación en HF y VHF sobre la base de recursos privados que complemente los disponibles por la Administración General del Estado.b) Articular un mecanismo que permita a los radioaficionados colaborar con la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, asumiendo voluntariamente los deberes que como ciudadanos les corresponde en los casos en que su actuación se haga necesaria.
  • Articular un mecanismo que permita a los radioaficionados colaborar con la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, asumiendo voluntariamente los deberes que como ciudadanos les corresponde en los casos en que su actuación se haga necesaria.
  • Facilitar a los radioaficionados españoles, integrados en la Red, su colaboración a nivel operativo y la coordinaciónentre ellos, así como la incorporación, en caso necesario, de aquellos otros radioaficionados que no perteneciendo a la Red, sea necesario pedir su colaboración, actuando en esta situación la REMER como un sistema de encuadramiento funcional.

Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2010-5661.

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Un comentario en “Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo sísmico

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